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https://www.lawyerly.ph/juris/view/ce360?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09
[EL PUEBLO DE FILIPINAS](https://www.lawyerly.ph/juris/view/ce360?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09)
{case:ce360}
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[ GR No. 47032, Jun 06, 1941 ]

EL PUEBLO DE FILIPINAS +

DECISION

72 Phil. 222

[ G.R. No. 47032, June 06, 1941 ]

EL PUEBLO DE FILIPINAS, QUERELLANTE Y P.PELADO, CONTRA JOSE MIRANDA, JR. Y OTROS, ACUSADOS Y APELANTES.

D E C I S I O N

HORRILLENO, M.:

Jose Miranda, Jr., Nestor Miranda, Romeo Miranda y Gregorio Gebela fueron procesados en el Juzgado de Primera Instancia de Negros Occidental por el delito de asesinato, cometido, segun se alegaen la querella, en la persona de Jesus Saldua, en la noche del 12 de abril de 1939, en el municipio de Isabela de la mencionada provincia de Negros Occidental. Habiendo sido enjuiciados por dicho delito, el Tribunal a quo, despues de oidas las pruebas tanto de la acusacion como de la defensa, les condeno a sufrir cada uno de ellos la pena de cadena perpetua, a indemnizar, mancomunada y solidariamente, a los herederos del occiso con la suma de P2,000, y a pagar las costas.

No satisfechos de la sentencia, interpusieron apelacion contra ella para ante el Tribunal de Apelaciones, el cual elevo la causa a esta Instancia, por ser de la jurisdiction de este alto Tribunal su conocimiento y fallo.

La defensa sefiala en su alegato seis errores cometidos, segun ella, por el Tribunal sentenciador, a saber:

"1. The lower court erred in admitting and giving weight or credit to Exhibits C, D, E and F of the prosecution.

"2. The lower court erred in not giving due weight and credit to the evidence presented by the defense on the mere fact that the testimony of the accused-appellants in open court differ altogether from their written statements (Exhibits C, D, E and F) before the Chief of Police.

"3. The lower court erred in holding that since the testimony of the witnesses for the defense cannot be believed, the version adduced by the prosecution as to the facts which led to the murder must be true, thereby giving undue credit and greater weight to the contradictory, exaggerated, unnatural and highly improbable declarations of the principal witnesses for the government.

"4. The lower court erred in following the theory of the prosecution that the herein accused-appellants conspired or acted in concert against the life of the deceased Jesus Saldua, instead of finding that Nestor Miranda is the person who stabbed the deceased and Jose Miranda, Jr., Romeo Miranda and Gregorio Gabilla had no participation whatever in the killing in question.

"5. The lower court erred in not holding that Nestor Miranda made the fatal thrust on the side of Jesus Saldua in legitimate defense of his person and that of his brother, Jose Miranda, Jr.

"6. The lower court erred in not acquitting the accused-appellants of the crime charged on reasonable doubt." De los cuales errores se desprende que las cuestiones planteadas ante Nos son puramente de hecho.

No existe cuestion alguna entre la acusacion y la defensa sobre que Jesus Saldua fue herido en la noche del 12 de abril de 1939, en el municipio de Isabela. Negros Occidental; que, como consecuencia de dicha herida fallecio en el hospital de Bacolod dos dias despues. Quien o quienes le infirieron dicha herida, es la cuestion de hecho que debe resolverse.

Segun los testigos de, la atusacion, Agapito Seranillo y Raymundo Entera, el occiso se hallaba, en compafña de un muchacho, en la tienda de "sari-sari" del primero. El muchacho estaba tocando el instrumento llamado "ukelele". El acusado Romeo Miranda Ilego al lugar, y pidio al muchacho que cantara. fiste contesto que no sabia cantar. Romeo insistio en que lo hiciera; pero como no acababa de hacerlo, Romeo, levantando en alto el caborata (blackjack) que llevaba, le dijo que si no cartaba le pegaria con dicho objeto; y lo hubiera hecho a no haber sido por la intervention oportuna de Seranillo. fiste, que tenia un pedazo de madera en la mano, fue preguntado por Romeo por que tenia dicho pedazo de madera, a lo que aquel contesto diciendo que no lo tenia para el (Romeo) y si solamente para sostener la caja sobre la cual penia los recipientes de tuba. En este momento, Jose Miranda, Jr. y Nestor Miranda, hermanos le Romeo, y Gregorio Gebela, un amigo de ellos, llegaron. Jose pregunto a Seranillo que era lo que pasaba. JSste contests informandole de lo que habia pasado. Jose, entonces, aconsejo a Romeo que no cometiera ningun abuso, porque Seranillo era un buen hombre y debia ser tratado como un hermano. Romeo trato de acercarse al mencionado muchacho. Jose, al notarlo, dijo: "Si no me obedeces, te castigare." Jose empujo a Romeo, marchandose despues del lugar en compafña de sus hermanos, Romeo y Nestor, y Gregorio Gebela. Como unos 15 minutos despues, Jose volvio al lugar y, dirigiendose a Jesus Saldua que, en aquel momento se levantaba de la silla en donde se hallaba sentado, le dijo a este: "parece que tu te estabas preparando cuando me viste venir", a lo que Saldua contesto negativamente, anadiendo, ademas, que el se disponia solo a volver a su casa. Jose entonces replico: "este hombre (dirigiendose a Saldua) parece que no me conoce", y fue en este instante cuando Romeo, Nestor y Gregorio aparecieron, otra vez, en el sitio. Nestor, sin articular palabra alguna, sujeto a Jesus Saldua por el brazo izquierdo, mientras Romeo, a su vez, le sujetaba el derecho, y Gregorio le abrazaba dandole al propio tiempo un punetazo en la espalda. Al ver Jose a Saldua asi sujeto, arranco de su cinto un cuchillo de cocina y con el le hirio en el costado izquierdo. Saldua, viendose en aquella forma atacado, forcejeo para desasirse de los acusados; habiendolo conseguido, se escapo, y mientras lo hacia recibio un pinehazo con una barra de hierro del diametro de un dedo. Los acusados, excepto Jose, que cayd al suelo al tratar de impedir la huida de Saldua, le persiguieron a este. Momentos despues, Saldua fue hallado detras de un camarin, en estado muy grave. Tales son, sustancialmente, los hechos que hallamos probados en la causa.

La defensa de los aeusados consiste en que, en la noche de autos, estos fueron al mercado publico del mencionado municipio de Isabela, atraidos por el tumulto que produjera una riña dentro de dicho mercado, y alii Nestor vio que su hermano Jose era objeto de maltrato por parte de Saldua, a quien advirtio que no siguiera maltratando a su hermano; pero Saldua, a pesar de la advertencia, continuaba agrediendo a Jose, y le golpeo a el (Nestor) con un baston, por lo que Nestor hubo de defenderse, hiriendo a Saldua con un cuchillo de caza. Para sustanciar esta alegacion, declararon el testigo Generoso Lopez y los mismos acusados. El Tribunal sentenciador, al ponderar las pruebas aducidas durante el juicio, dio mas valor y credfto al testimonio de los testigos de la acusacion que al de los de la defensa, y, al obrar asi, procedio, a nuestro juieio, con acierto. Primero, porque los testigos de la acusacion no estan emparentados con el occiso; ni tenian ningun interes en el resultado de la causa; segundo, porque es un hecho, tambien probado, que el occiso,, antes de morir, y consciente de la gravedad de su estado, hizo la siguiente declaracion:

"Q. What was the cause?

"A. Nothing; I was standing at the selling place of Totong Seranillo, a man got angry because I was looking at him, and one man said 'what are you ooking for?' I answered, 'Nothing'. They went away and a little later came back. It was then that they struck me. When they struck me, I ran immediately and instantly they followed me with a stab and I was hit on the left side." y tercero, porque las declaraciones prestadas por los acusados durante el juieio, no son congruentes; por no decir contradictorias, con las hechas por ellos, libre y voluntariamente, ante el jefe de policia del relerido municipio de Isabela al dia siguiente de la ocurrencia. En estas ninguno de ellos, ni Nestor mismo, que asume toda la responsabilidad del hecho delictivo, dijo que fue 61 (Nestor) quien hirio a Saldua en la noche de autos. Todo lo que declaro fue que, cuando llego al mcrcado publico encontro alli a su hermano Jose, ya herido y sangrando; nada menciono, siquiera indirectamente, respecto del maltrato de su hermano por Saldua (Exhibit U). Aceptad? la veracidad de las declaraciones de los testigos de la acusacion, la siguiente cuestion que se nos ofrece es la de si hubo o no conspiracion entre los acusados.

Como consta probado, los tres hermanos Miranda y su coacusado Gregorio Gebela salieron juntos del lugar del suceso inmediatamente despues del incidente en que Romeo quiso obligar al muchacho, companero del occiso, a cantar, volviendo a dicho sitio unos 15 minutos mas tarde, tambien juntos, y juntos Nestor, Romeo y Gebela sujetaron al occiso, el cual, estando asi indefenso, fue agredido por Jose con un cuchillo de cocina. Todo esto, a nuestro juieio, indica claramente que los acusados obraron de comun acuerdo, movidos por el comun proposito de atacar al occiso en la pcasion de autos.

En cuanto a la alegacion de falta de motivo por parte de los acusados para acometer al occiso, en primer lugar, este Tribunal ha declarado en repetidas decisiones que la falta de prueba del motivo no es fatal para la acusacion; no es esencial la prueba sobre este respecto, si las aducidas en la causa demuestran que el delito se ha cometido; y en segundo lugar, hay un detalle diriamos mejor un hecho que parece haberse perdido de vista por la defensa, y es el de que en aquella noche, y antes del suceso, el acusado Jose Miranda, Jr. y su coacusado Gregorio Gebela estuvieron bebiendo whiskey con soda, en el mercado publico de Isabela. Es de conocimiento comun que las bebidas alcoho1icas han sido, en no pocas oeasiones, causa de crimenes.

En vista de todo lo expuesto, fallamos que procede confirmar y confirmamos en todas sus partes la sentencia objeto de alzada, con las costas en ambas instancias a cargo de los apelantes. Asi se ordena.

Avancenña, Pres., Diaz, Laurel, y Mordn, MM., estan conformes.

Se confirma la sentencia.


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