[ G.R. No. 47033, April 25, 1941 ]
JOSE DINGDONG, RECURRENTE Y APELANTE, CONTRA HALIM KANAAN, NASRI KANAAN, Y MICHAEL KANAAN, DEDICADOS AL COMERCIO BAJO LA RAZON SOCIAL DE "AMERICAN BAZAR," RECURRIDOS Y APELADOS.
D E C I S I O N
AVANCEÑA, Pres.
Se presento esta accion por Halim Kanaan, Nasri Kanaan y Michel Kanaan en nombre del "American Bazar" contra Loreto Dingcong, Jose Dingcong y Francisco Echevarria por daiios y perjuicios causados a los demandantes. El Juzgado sobreseyo la causa en cuanto a Loreto Dingcong por haber fallecido, y condeno a Francisco Echevarria, absolviendo a Jose Dingcong. Los demandantes apelaron de esta decision en cuanto absuelve a Jose Dingcong. El Tribunal de Apelaciones, revocando la decision del Juzgado de Primera Instancia, declaro a Jose Dingcong responsable y le condend a pagar a los demandantes el importe de los dafios y perjuicios causados a los mismos como fue estimado por el Juzgado. Se presenta ahora ante esta Corte, mediante certiorari, apelacion de esta decision del Tribunal de Apelaciones.
Siendo Jose Dingcong coarrendatario y manager' del hotel, con completa posesion de los altos de la casa, debe responder por los dafios causados por las cosas que se arrojaron o cayeron de la misma (articulo 1910 del Codigo Civil). Francisco Echevarria era huesped del hotel y fue el que directamente, por su descuido, al dejar abierto el grifo, permitio que el agua de la tuberia descorriera por el suelo y se filtrara hacia los bajos, mojando los articulos y mercancias de los demandantes. Jose Dingcong, por otra parte, no practico la diligencia de un buen padre de familia para prevenir estos dafios, no obstante de que sabia que podian causarse por estar entonces en reparacion las tuberias, pues, debiendo presumir que Echavarria podia usar el grifo no le proveyo de algun recipiente con desagiie, y si so1o puso debajo del mismo una palangana que, al llenarse, hizo que el agua se esparciera por el suelo.
Se confirma la decision apelada, con las costas al apelante.
Imperial, Diaz, Laurel, y Horrilleno, MM., estan conformes.
Moran, M., no tomc parte.
Se confirma la sentencia.