[ REGISTER GENERAL No. 4438, March 07, 1908 ]
LOS ESTADOS UNIDOS, QUERELLANTE Y APELADO, CONTRA JACINTO SUNGA Y ORTA CLARA BAUTISTA, ACUSADA Y APELANTE.
ARELLANO, C.J.:
UNITED STATES, PLAINTIFF AND APPELLEE, VS. JACINTO SUNGA AND CLABA BAUTISTA, DEFENDANTS. CLARA BAUTISTA, APPELLANT.
BIGAMY; REHEARING; JEOPARDS: From the Court of First Instance of Pampauga. Sunga was excluded from the prosecution because his marriage with Clara Bautista was not a second marriage as to him. Evidence held sufficient to justify the finding of guilty against Clara Bautista and that the fact; that a new hearing was hold iu consequence of an appeal does not constitute double jeopardy. Judgment affirmed.
Per Arellano, C, J.
For appellant: Fernando de la Cantera.
For appellee: Attorney-General Araneta.
D E C I S I O N
Excluido del proceso Jacinto Sunga por no haber reitera do matrimonio al contraerlo con Clara Bautista, y condenada esta a seis años y un dia de prision mayor con las accesorias del Art. 52 del Codigo Penal que sean compatibles con su sexo y en las costas del juicio, fue por la misma apelada la sentencia.
Convicta del delito de matrimonio ilegal al contiaer en 4 de Agosto de 1904 matrimonio canonico no estando disuelto el anteriormente contraido de caracter relogioso en 30 de Octobre de 1901 con Santiago Story Chua-Ge, tanto por las declaraciones de los testigos presenciales cuanto por el certificado del acto, adverado en el juicio, y la propia declaracion que no llega a exculpar el hecho con la ignorancia que la acusada alega de la importancia y transcendecia del acto al presentarse con Story Chua-Ge ante el pastor que los habia casado, esta arreglada a derecho la pena impuesta en grado minimo atendido la circunstancia del Art. 11 estimada en su favor oportunemente.
Presentada la primera querella en 13 de Setiembre de 1904 se hace constar el pie de ella que Story Chue Ge ya habia fallecido, y no podia ser presentado como testigo, y este se hacia constar a los cuarenta dia de haber contraido la Clara Bautista el segundo matrimonio; pero esta misma dice que Story Chua Ge la habia quitado el hijo que hubieron cuando ella fue remitada a Bilibid, y no hay el mas leve indicio de que el fallecimiento hubiera occurrido antes de contraer el segundo matrimonio, lo que no hubiera dejado de alegarse como defensa decisiva en la causa.
Aunque el juicio se ha reitrado no ha habido doble jeopardy, por haber sido la reiteracion consecuencia de la apelacion interpuesta por la acusada.
En su virtud confirmamos la sentencia apelada con la costas de ambas instancias. Transcurridos diez dias dictese sentencia y diez dias despues devuelvase la causa.
Asi se ordena.
Gomez, Mapa, Johnson, Carson, Willard, y Tracey.
BIGAMY; REHEARING; JEOPARDS: From the Court of First Instance of Pampauga. Sunga was excluded from the prosecution because his marriage with Clara Bautista was not a second marriage as to him. Evidence held sufficient to justify the finding of guilty against Clara Bautista and that the fact; that a new hearing was hold iu consequence of an appeal does not constitute double jeopardy. Judgment affirmed.
Per Arellano, C, J.
For appellant: Fernando de la Cantera.
For appellee: Attorney-General Araneta.
Excluido del proceso Jacinto Sunga por no haber reitera do matrimonio al contraerlo con Clara Bautista, y condenada esta a seis años y un dia de prision mayor con las accesorias del Art. 52 del Codigo Penal que sean compatibles con su sexo y en las costas del juicio, fue por la misma apelada la sentencia.
Convicta del delito de matrimonio ilegal al contiaer en 4 de Agosto de 1904 matrimonio canonico no estando disuelto el anteriormente contraido de caracter relogioso en 30 de Octobre de 1901 con Santiago Story Chua-Ge, tanto por las declaraciones de los testigos presenciales cuanto por el certificado del acto, adverado en el juicio, y la propia declaracion que no llega a exculpar el hecho con la ignorancia que la acusada alega de la importancia y transcendecia del acto al presentarse con Story Chua-Ge ante el pastor que los habia casado, esta arreglada a derecho la pena impuesta en grado minimo atendido la circunstancia del Art. 11 estimada en su favor oportunemente.
Presentada la primera querella en 13 de Setiembre de 1904 se hace constar el pie de ella que Story Chue Ge ya habia fallecido, y no podia ser presentado como testigo, y este se hacia constar a los cuarenta dia de haber contraido la Clara Bautista el segundo matrimonio; pero esta misma dice que Story Chua Ge la habia quitado el hijo que hubieron cuando ella fue remitada a Bilibid, y no hay el mas leve indicio de que el fallecimiento hubiera occurrido antes de contraer el segundo matrimonio, lo que no hubiera dejado de alegarse como defensa decisiva en la causa.
Aunque el juicio se ha reitrado no ha habido doble jeopardy, por haber sido la reiteracion consecuencia de la apelacion interpuesta por la acusada.
En su virtud confirmamos la sentencia apelada con la costas de ambas instancias. Transcurridos diez dias dictese sentencia y diez dias despues devuelvase la causa.
Asi se ordena.
Gomez, Mapa, Johnson, Carson, Willard, y Tracey.