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https://www.lawyerly.ph/juris/view/c378b?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09
[ROGELIA PAULETE](https://www.lawyerly.ph/juris/view/c378b?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09)
{case:c378b}
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[ GR No. L-4422, Nov 29, 1951 ]

ROGELIA PAULETE +

DECISION

90 Phil. 503

[ G. R. No. L-4422, November 29, 1951 ]

ROGELIA PAULETE, RECURRENTE CONTRA VENANCIO LAPLANA, PEDRO AUJERO Y EL HONORABLE JOSE P. FLORES, ETC., RECURRIDOS.

D E C I S I O N

PABLO, J.:

La recurrente es la heredera forzosa de la finada Matea Aujero, que era una de los conduefios del lote 1115 del Catastro de Dueflas, de la provlncia de Iloilo. La finada Matea Aujero presento su contestacion el 23 de junio de 1931, como certificael "Land Officer" del Buro de Terrenos.

En 29 de septiembre de 1949 el juez recurrido dicto" una orden de rebeldia general en el expediente de catastro.

En 5 de octubre, despue's de declarar que el lote No. 1115 no estaba contendido y despues de decretar una orden de rebeldia general contratodas las personas que hablan dejado de presentar contestaciones nuevas o reconstituldas," dicho juez dicto sentencia adjudicando a mitad el lote 1115 a Yenancio Laplana y Pedro Aujero.

En 10 de diciembre de 1950 la recurrente se enterd por primera vez de que el lote 1115 ya estaba adjudicado a las personas ya nombradas. Inmediatamente ella se entrevisto con Pedro Aujero preguntando por que el habla registrado a su ndmbre el citado lote, sabiendo que la recurrente era condueña, como heredera de Matea Aujero, y en posesion de una parte del mencionado lote, y Pedro Aujero, reconociendo justa su reclamacion, presto una declaracion jurada en la ciudad de Iloilo en 18 de diciembre de 1950, del tenor siguiente:

"That I hereby acknowledge that the portion of Lot No. 1115 of the Cadastral Survey of Duefias with an area of thirty nine thousand three hundred nine (39,309), square meters, belongs to Rogelia Paulete, also of legal age, married and a resident of Dingle, Iloilo, Philippines;

"In view hereof, I hereby renounce and waive whatever rights, interests, shares and participations I have or may have in the aforesaid portion of Lot No. 1115 in favor of the said Rogelia Paulete;"

La recurrente alega que no pudo acogerse a las disposiciones de la Regla 3d ante el Juzgado de Primera Instancia porque al enterarse de la decision ya habian transcurrido once meses y por eso acudio ante este Tribunal en un recurso de certiorari.

El artlculo 3d de la Ley del Registro de Propiedad (Ley No. 496) concede derecho de solicitar la reyieion de la decision dentro del afio a contar desde la fecha del decreto al que, en virtud de un decreto de registro obtenido fraudulentamente, haya sido privado de su propiedad. En el caso presente, no se ha expedido aun el decreto. Tiene, por tanto, la recurrente un remedio facil y expedite en el curso ordinario de los procedimientos de catastro.

Solamente pro cede el recurso de certiorari cuando un tribunal, en el ejercicio de sus facultades, haya actuado sin jurisdiccion o con abuso de su discrecion.

Se deniega la solicitud.

Paras, Pres., Feria, Bengzon, Padilla, Tuason, Reyes, Jugo y Bautista Angelo MM., estan conformes.


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