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https://www.lawyerly.ph/juris/view/c2c33?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09
[PEOPLE v. FRANCISCO PORAS.](https://www.lawyerly.ph/juris/view/c2c33?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09)
{case:c2c33}
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[ GR No. L-169, Aug 21, 1946 ]

PEOPLE v. FRANCISCO PORAS. +

DECISION

G.R. No. L-169

[ G.R. No. L-169, August 21, 1946 ]

PEOPLE VS. FRANCISCO PORAS.

D E C I S I O N

Dos individuos coacusados en este asunto y testigos del apelante declararon y admitieron en el juicio haber sustraido de un jeep de la propiedad del ejercito americano los neumaticos aqui en cuestion; solo que, segun ellos, eran los unicos autores del mismo. Pero dos testigos desinteresados uno de ellos un detective reconocieron e identificaron positivamente al apelante como uno de los tres sujetos que en la madrugada de autos llevaban los neumaticos y trataban de depositarlos en un kiosco. Esto fue precisamente lo que provoco la acalorada disputa entre los tres acusados, por una parte, y uno de los testigos de la acusacion, por otra. Ademas, existe una declaracion de culpabilidad del apelante prestada ante el juzgado municipal, declaracion sin embargo que el apelante repudia. Se declara culpable al apelante.

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