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[EL PUEBLO DE FILIFINAS](https://www.lawyerly.ph/juris/view/c2bed?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09)
{case:c2bed}
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[ GR No. L-411, Aug 31, 1946 ]

EL PUEBLO DE FILIFINAS +

DECISION

77 Phil. 175

[ G.R. No. L-411, August 31, 1946 ]

EL PUEBLO DE FILIFINAS, QUERCILANTE Y APELADO, CONTRA GENARO JAPITANA Y PRUDENCIO SANTOS, ACUSADOS Y APELANTES.

D E C I S I O N

PABLO, J.:

Genaro Japitana y Prudencio Santos fueron acusados de doble asesinato, y, despues de la vista correspondiente, cada uno de ellos fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia de Nueva Ecija, a sufrir por cada delito la pena de reclusion perpetua, indemnizar mancomunada y solidariamente a los herederos de Sabas de la Cruz en la cantidad de P2,000 y a los herederos de Barbara Angala otros P2,000, sin prision subsidiaria en caso de insolvencia y a pagar la mi tad de las costas del juicio. Los acusaclos apelaron.

Las pruebas obrantes en autos demuestran quo en h noche del 11 de octubre de 1945, Federico Peralta visito a Jose de la Cruz que estaba con fiebre en su casa en el municipio de Talavera, Nueva Ecija. Estaban los dos hablando en la puerta del cuarto-entre 7 y S, poco mas o menos, de la misma noche, cuando Genaro Japitana, armando con un "Garand" y Prudencio Santos con un "carbine," y Ilegando en la sala comenzaron una inesperada y rapida descarga de fusiles, causando la consternation general. Despues de aquel inusitado ataque, los aensados se escaparon saltando por la ventana de la sala. Inmediatamente, Jose de la Cruz salio del cuarto y encontro a su padre en la sala ya muerto y a su madre gravemente herida, por lo que grito pidiendo socorro a loa vecinos.

Enterado del suceso, el Alcalde Interino del pueblo, Tomas Lahon fue a la casa del occiso en aquella noclie, juntamente con el Dr. Lopez de la Division Sanitaria, el sargento de policia y un policia para hacer las debidaa investigaciones: encontro a Sabas de la Cruz ya muerto y a Barbara Angala con varias heridas y ordeno que ella fuese Ilevada al hospital provincial al siguiente dia.

Las heridas encontradas en aquella misma noche por el Dr. Lopez en el cadaver de Sabas de la Cruz son, segun el Exhibit C, las siguientes: (1) salida de un proyectil en la region maxilar derecha, (2) entrada de un proyectil en la region submaxilar izquierda, de pulgada de diametro, (3) entrada de un proyectil en la espalda, lado derecho, al nivel de la quinta vertebra dorsal, de 1½ pulgadas de diametro, (4) salida de un proyectil en la izquierda de la espalda al nivel de la decima vertebra dorsal proxima a la Knea maxilar izquierda, y (5) causada por una bala en el antebrazo izquierdo; la coyuntura del codo izquierdo y la parte baja del hueso humeral del brazo izquierdo y otras estructuras adyacentes destrozadas; y las heridaa encontradas por el Dr. Ortiz, medico residente del Hospital Provincial de Nueva ficija en el cuerpo de Barbara Angala, segun el Exhibit D, son las siguientes: (1) fractura, compuesta, completa, femur izquierdo, (2) entrada cle un proyectil con un diametro de 6.mm. localizada en el area izquierda de la cadera, (3) salida de un"proyectil con diametros de H cm. y 1 cm. localizada en la Hnea media de la superficie posterior, inferior a la arruga derecha del musculo gluteo, y (4) heridas Nos. 2 y 3, estaban conectadas por un paso que atraveso las paredes laterales, casi a la entrada del organo genital. Ella fallecio, a consecuencia de dichas heridas, en octubre 13, 1945 a las 12.30 a. m. en el hospital.

La defensa arguye que es inconsistente el testimonio de Federico Peralta con el de Jose de la Cruz porque aquel declaro que no era intimo amigo de Genaro Japitana; en cambio, Jose de la Cruz declaro que Federico Peralta era amigo de Genaro Japitana. La declaracion de Jose de la Cruz no fue mas que una simple opinion o creencia; pudo haber creido que Federico y Genaro eran amigos, aunque no eran mas que simples conocidos. Federico, que es la parte interesada y no Jose es el que debe saber si Genaro es su intimo amigo o no.

Otra inconsistencia, segun la defensa, es que Federico declaro que los acusados no tenian cubiertas sus caras en la noche de autos; en cambio, Jose de la Cruz declaro que Gena.ro Japitana tenia parte de su cara cubierta con pailolito hasta la nariz. La defensa no se percata que Jose de la Cruz, en la siguiente pregunta, declaro que cayo el panolito cuando Genaro Japitana lucho con Sabas de la Cruz. Es posible que Federico Peralta haya visto a los dos acusados despues ya de caido el pailolito y por eso declaro que los dos no tcniaii cubiertas las caras. Cuando entraron los acusados, Federico Peralta estaba en la puerta del cuarto hablando con Jose; daba entonces su espalcla hacia la sala. No podia haber visto a. los acusados al entrar; Jose de la Cruz, en cambio, miraba hacia la sala y consiguio ver a los acusados desde que entraron por la puerta de la cocina. No hay contradiction alguna en las declaraciones de estos dos testigos. No vieron ellos a I03 acusados en un solo momento. Durante el rapido trans-curso de los 9 tiros cambiaron de position los actoros y los testigos. Por eso, estos no pueden dar cuenta del suceso con iguales detalles.

Opinamos que Federico Peralta y Jose de la Cruz de 18 y 21 anos de edad, respectivamente, estaban en con diciones para conocer perfectamente a los acusados a la claridad de un quinque de petroleo que suele ser la luz de las casas en pueblos, sin servicio de alumbrado electrico. No debe tenerse en cuenta la presunta declaracion ante mortem de Barbara Angala al Alcalde Interino y al sargento, que conocio a Genaro Japitana, porque no consta que ella la hizo bajo la creencia de que era inminente su muerte; con todo, las declaraciones de los dos testigos Federico y Jose son mas que suficientes para la idcntificacion de los acusados, teniendo en cuenta que le conocieron a Genaro desde la ninez. Ademas, este vive en una casa a 200 metroa de la casa de Jose do la Cruz. Si no por la dcclaraciou positiva de Ios testigos, Ios polkiaa municipales no hubieran arrestado a los acusados en aquella misma noche.

Es insostenible la teoria de la defensa de que esta acu-sacion ha sido tramada por venganza icomo podfan los testigos planear una venganza inmediatamente despues de aquel suceso tan conmovedor y extraordinario?

No hay pruebas claras sobre el movil del crimen; pero como una semana antes del suceso Federico Peralta y Josa de la Cruz por una parte y Genaro Japitana por otra, tuvieron un disgusto en pi*esencia de varias personas en la casa de Clemente Enriquez con ocasion de un novenario y despues de marcharse Federico y Jose "alguien me info rmo" declaro Genaro "de que volvieron y que se pusieron al lado del camino con fusiles" (t. n. t., pag. 36), no es imposible que este ataque repentino no fuese mas que la continuation de aqucl disgusto. Habia que eliminar a Jose antes de que el y su amigo Federico hicieran uso de los fusiles. Como estaba 'en el cuarto, Jose no fue mnerto, sino sus padres que estaban en la sala." Pero cualquiera que haya sido el movil que no siempre se, consigue probar es inmaterial en este caso particular porque los autos demuestran, fuera de toda duda, que los acusadoa armados con fusiles automaticos atacaron a los moradores de la casa en forma tan instantanea e inesperada que su persona estaba sobresegura de todo contraataque que pudiera venir de los agredidos. Porque los acusados mataron con alevosia a Sabas de la Cruz y Barbara Angala son responsables de dos delitos de asesinato (articulo 248, Cod. Pen. Rev.), sin ninguna circunstancia atenuante.

La defensa de ambos acusados es la coartada. Genaro dcclavo que oyo tiros cuando estaba con fiebre en su casa; que haci'a cuatro dias que estaba enfermo; que no habia salido de su casa aquella noche. Prudencio Santos declaro que tambien estaba en la casa de su cuiiado Genaro en aquella noche con dolores en la nalga desde hacia cuatro dias; que no se entero de la muerte de los padres de Jose de la Cruz sino solamente en el dia de la vista de esta causa en el juzgado de primera instancia.

La coartada es una defensa que debe recibirse con mucha cautela. Es prueba que se fabrica con tanta facilidad (Pueblo contra Badilla, 48 Jur. Fil., 760) "sobre todo entre padres e hijos coma ocurre en el caso del apelante Eustaquio Cabaniilas cuyo testigo es su propio padre; entre allegados y entre amigos y este es el caso del apelante Felipe de Asis; y aun entre los que no lo son". (Pueblo contra De Asis, 61 Jur. Fil., 406.) Reiteramos la doctrine ya bien establecida en esta jurisdiction de que "no debe ni puede prevalecer sobre el testimonio anrmativo de testigos veraces que declaran haber visto y oido los hechos y actos de que un acusado quiere detenderse poi* dicho medio Estados Unidos contra Roque, 11 Jur. Fil., 435; Estados Unidos contra, Ambrosio y Falsario, 17 Jur. Fil., 296; Estados Unidos contra Lasada, 18 Jur. Fil., 91; Estados Unidos contra Villano, 18 Jur. Fil., 364; Estados Unidos-contra Oration y Lambino, 18 Jur. Fil., 541; Estados Unidos contra Lasada y Lasada, 21 Jur. Fil., 296; Estados Unidos contra Bariagale, 24 Jur. Fil., 73; Estados Unidos contra Evangelista, 24 Jur. Fit, 467; Estados Unidos contra Garcia, 26 Jur. Fil., 303; Estados Unidos contra Hudieres y Sagun, 27 Jur. Fil., 49; Estados Unidos contra. Oxiles, 29 Jur. Fil., 622; Estados Unidos contra Valdez y Gatmaitan, 30 Jur. Fil., 303; Estados Unidos contra Lumanlan, 31 Jur. Fil., 511; Pueblo contra Cabantug, 49 Jur. Fil., 502; Pueblo contra Palamos, 49 Jur. Fil., 627." (Pueblo contra De Asis, supra.)

Se confirma la sentencia apelada con las costas.

Moran, Pres., Paras, Feria, Perfecto, Hilado, Bengzon, Briones, Padilla, y Tuason, MM., estan conformes


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