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https://www.lawyerly.ph/juris/view/c2b1d?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09
[EL GOBIERNO DE LAS ISLAS FILIPINAS](https://www.lawyerly.ph/juris/view/c2b1d?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09)
{case:c2b1d}
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[ GR No. 45706, Apr 08, 1941 ]

EL GOBIERNO DE LAS ISLAS FILIPINAS +

DECISION

71 Phil. 365

[ G. R. No. 45706, April 08, 1941 ]

EL GOBIERNO DE LAS ISLAS FILIPINAS, DEMANDANTE Y APELADO, CONTRA FLORENCIO GONZALEZ DIEZ, DEMANDADO Y APELANTE

D E C I S I O N

DIAZ, J.:

Por haber dejado de pagar  el impuesto  sobre renta que le correspondia  pagar  por sus ingresds  durante el año de 1925, Fortunato Capistrano  fue  demandado por  el Gobierno  de las Islas Filipinas en el  Juzgado de Primera Instancia de Manila, (causa civil No. 40361), con el resultado de que perdio alli la causa y f ue condenado el 21 de noviembre de 1932, a pagar a dicho demandante las siguientes cantidades, usando  los mismo terminos del Juez  que dicto la sentencia:  P939.26 en  concepto  de impuesto adicional  y normal, con un recargo de 50 por ciento, mas  la penalidad de P20 y otro  recargo de 5 por ciento sobre la suma de P939.26  y  dicha penalidad con los intereses sobre dichas cantidades, y a razon de 1 por ciento al mes desde el 28 de octubre de 1929 hasta su completo pago." La apelacion que Fortunato Capistrano interpuso contra la sentencia dictada contra el en la mencionada causa, fue del mismo resultado, perdiendo el la causa, porque este Tribunal, en sentencia de 28 de febrero de 1934, en la  causa R.  G. No. 39279, confirmo la  del Juzgado a quo, en todas sus partes.

Avanceña, Pres., Imperial, Laurel, y Horrilleno, MM.,


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