[ G.R. No. 46798, April 30, 1949 ]
PINDANGAN AGRICULTURAL COMPANY, INC., DEMANDANTE Y APELADA, CONTRA ERNEST A SCHENKEL Y OTRO, DEMANDADOS Y APELANTES.
D E C I S I O N
PABLO, M.:
1. CIUDADANIA; MUJER CASADA CON EXTRANJERO, NACIONALIDAD DE LA. El articulo 22 del Codigo Civil dispone que "la mujer casada sigue la condicion y nacionalidad de su marido. La española que casare con extranjero, podra, disuelto el matrimonio, recobrar la
nacionalidad española, llenando los requisitos expresados en el articulo anterior." Este articulo no exige como condicion sine qua non que la esposa abandone su residencia y se traslade a la de su amrido, ni exige que la esposa haga constar su deseo de abandonar su
antigua ciudadania. Exigir la segunda condicion es enmendar judicialmente una disposicion legal clara y sencilla que no necesita ninguna interpretacion.
Paras, Feria, Perfecto, Briones, Tuason, Montemayor, y Reyes, MM., estan conformes.
Paras, Feria, Perfecto, Briones, Tuason, Montemayor, y Reyes, MM., estan conformes.