[ G.R. No. L-1541, June 21, 1948 ]
EXPECTACION DE LA CRUZ, POR SI Y COMO CURADOR AD LITEM DE LYDIA, EMERLY, RICARDO Y SOCORRO, APELIDADOS REYES, DEMANDANTES Y APELANTES, CONTRA LA CIUDAD DE MANILA, DEMANDA Y APELADA.
D E C I S I O N
BRIONES, J.:
DERECHO CONSTITUTIONAL Y POLITICO; "GOBIERNO DE FACTO"; CIUDAD DE MANILA; RESPONSIBILIDAD POR OBLIGACIONES DEL GOBIERNO MUNICIPAL DURANTE LA OCUPACION MILITAR DEL ENIMIGO; LEY DE COMPENSACION OBRERA; CASO DE AUTOS.-Es indiscutible que el gobierno municipal de Manila durante la ocupacion militar de enemigo, era un gobierno de facto, de cierto tipo (Co Kim Cham contra Valdez Tan Keh, 41 Off. Gaz., 779) Es igualmente indisquitible que dicho gobierno tenia facultad para de estableser ciertos servisios en beneficio del vecindario, entre ellos el de transporte terrestre ofrecido por la City Bus Transporatation. No habiento desputa de que rR murio en el desempeno de su empleo y con motivo del mismo, mientras trabajaba pra bien y comodidad del vecindario de Manila, al servicio de un regimen municipal que era prolongacion de facto del existente bajo el Commonwealth para seguir administrando los intereses de la Ciudad, evitando asi un caos y, en general, los males que implica todo desgobierno, la aplicacion de la Ley de Compensacion Obrera contra el gobierno actual de la Ciudad de Manila resulta a todas luces indisputable, pues en el caso de san todas las conditiones y requisitos provistos en la Ley, a saber: Trabajo compensable; muerte accidental en el curso del mismo; y relacion entre el patrono y el obrero accidentado.
Paras, Perfecto,y Tuason, MM., estan conformes.