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https://www.lawyerly.ph/juris/view/c28a8?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09
[MACARIO RIVERA](https://www.lawyerly.ph/juris/view/c28a8?user=fbGU2WFpmaitMVEVGZ2lBVW5xZ2RVdz09)
{case:c28a8}
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[ GR No. L-467, Jul 22, 1946 ]

MACARIO RIVERA +

DECISION

76 Phil. 838

[ G.R. No. L-467, July 22, 1946 ]

MACARIO RIVERA, RECURRENTE, CONTRA FRANCISCO GERONIMO, JUEZ DEL JUZGADO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MANILA, RECURRIDO.

D E C I S I O N

PABLO, J.:

Se trata de una solicitud original de certiorari en la cual el recurrente alega que es uno de los acusados ante el Juzgado Municipal de la Ciudad de Manila en una causa de tentative de hurto de efectos avaluados en P1,170.00; quo presents mocion de sobreseimiento, fundada en la falta de jurisdiccion del Juzgado y fue denegada; que su mocion de reconsideracion tambien fue denegada; que dichas do a Ordenes son contraries a la ley. Por lo que pide que las mismas sean declaradas nulas y que este Tribunal ordene al recurrido, como juez de una de las salas del Juzgado Municipal de Manila, que desista de continuar conociendo de la causa.

El Articulo 309 del Codigo Penal Revisado dispone que "el culpable de hurto sera castigado con la pena de prisio's correccional en sus grados minimo y medio, si no excediere de 6,000 pesos y pasare de 200."

El Articulo 51 del mismo codigo dispone que "a los autores de tentativa de delito se impondra la pena inferior en dos grados a la sefialada por la ley para el dalito eonsumado."

La pena eorrsspondiente, segun el Articulo 61, Rogla 5.a del Codigo Penal Revisado, es arresto menor en su grado mazimo a arresto mayor en su grado minimo o veintiun (21) dias de arresto menor a dos meses de arresto mayor. (Albert, The Revised Penal Code Annotated, 882)

El Articulo 2468 del codigo Administrative Revisado, tal como fue enmendado por la ley No. 361 del Commonwealth, dispone lo siguiente:

"SEC. 2468. Jurisdiction of Municipal Court. * * * Said court shall have jurisdiction exclusive of the other courts sitting in the city over all criminal cases arising under the ordinances of the city, and over all criminal oases arising under the penal laws of the Philippines, where the offense is committed within the police jurisdiction of the city and the maximum punishment is by imprisonment for not more than six months, or a fine of not more than two hundred pesos, or both."

Esta disposicidn legal es clara. El Juzgado Municipal de Manila tiene jurisdiccion exclusiva para conocer de las causas suscitadas bajo las ordenanzas de la ciudad o leyes penales de Filipinas, con pena que no exceda de sefs meses o multa que no pase de doscientos pesos, o ambas.

Se deniega la peticion con las costas contra el recurrente.

Moran, Pres., Paras, Feria, Perfecto, Hilado, Bengzon, Briones, Padilla, y Tuason, MM., estan conformes.


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