[ G.R. No. 8292, March 26, 1913 ]
LOS ESTADOS UNIDOS, QUERELLANTE Y APELADO, CONTRA VICTOR SANTIAGO, ACUSADO Y APELANTE.
D E C I S I O N
En consideracion a que del proceso resulta debidamente probado haber concurrido en el hecho ejecutado por el acusado los tres requisitos establecidos en el Art.8 inciso 4 del Codigo penal determinantes de la exencion completa de responsibilidad del procesado
por defensa personal.
Se revoca la sentencia apelada y se absuelve al acusado, con las costas de oficio, poniendosele inmediatamente en libertad si aun estuviere preso.
Trascurridos 10 dias desde la notificacion de esta decision, dictese sentencia a tenor de lo resuelto y diez dias despues, devuelvase la causa al Juzgado de su procedencia para los efectos a que en derecho hubiere lugar.
Asi se ordena.
Arellano, C.J., Gomez, Johnson and Trent, JJ., concur.
Se revoca la sentencia apelada y se absuelve al acusado, con las costas de oficio, poniendosele inmediatamente en libertad si aun estuviere preso.
Trascurridos 10 dias desde la notificacion de esta decision, dictese sentencia a tenor de lo resuelto y diez dias despues, devuelvase la causa al Juzgado de su procedencia para los efectos a que en derecho hubiere lugar.
Asi se ordena.
Arellano, C.J., Gomez, Johnson and Trent, JJ., concur.